En
fallo del 10 de marzo la Corte Suprema condenó al Estado Nacional a
abonar una indemnización millonaria por daño moral a familiares de
una víctima del atentado contra la AMIA, ocurrido el 18 de julio de
1994, por omisión de su obligación preventiva y de seguridad para
con su población, con más razón después de que dos (2) años
antes ya se había sufrido otro atentado contra la Embajada de
Israel.
La
decisión confirmó la condena impuesta por la Sala III de Cámara
Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal en ese sentido.
El
Estado había rebatido, entre otras cuestiones, que la acción estaba
prescripta.
Pero,
aunque el tribunal empezó recordando que la responsabilidad
extracontractual del Estado es de dos (2) años y prescribió en
1996, había "renacido" el 4 de marzo de 2005 cuando el
Estado Nacional suscribió un acta de solución amistosa ante la
Corte Interamericana de Derechos Humanos por una denuncia interpuesta
por el CELS y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
(CEJIL) y reconoció expresamente su responsabilidad en el atentado
al decir "el Estado
reconoce responsabilidad ya que existió un incumplimiento de la
función de prevención por no haber adoptado las medidas idóneas y
eficaces para intentar evitar el atentado, teniendo en cuenta que dos
años antes se había producido un hecho terrorista contra la
Embajada de Israel en Argentina. El Estado reconoce responsabilidad
porque existió encubrimiento de los hechos, porque medió un grave y
deliberado incumplimiento de la función de investigación (...) y
una clara denegatoria de justicia".
La
Corte recordó, además, que la
prescripción de las acciones por daños y perjuicios es materia
disponible, por lo que puede ser válidamente renunciada o remitida
cuando esté cumplida y que en el caso, lo firmado el 4 de marzo de
2005 por el Estado era una clara renuncia a la prescripción ya
ganada.
Por
tanto, habiendo renacido el plazo de prescripción en 2005 e
interpuesta la demanda en 2006, ésta era temporánea.
Además,
el Estado Nacional se había comprometido a sancionar una ley
reconociendo una indemnización a las víctimas, incluso en aquellos
casos en que el reclamo estaba prescripto o no se había iniciado
reclamo judicial.
http://www.clarin.com/politica/Corte-reconocio-indemnizacion-AMIA-incumplir_0_1318068475.html