jueves, 31 de marzo de 2011

Los aumentos dados por el empleador deben estar fundados en razones objetivas

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró ajustado a derecho el despido indirecto en el que se colocó un empleado como consecuencia de la conducta discriminatoria de la empleadora que lo excluyó de un incremento salarial, debido a que los aumentos que otorga el empleador a su personal no se encuentran librados a su discrecionalidad, sino que deben estar fundados en razones objetivas.


En la causa “Gaitan Pablo Anibal c/ Hipódromo Argentino de Palermo S.A. s/ despido“, la sentencia de primera instancia rechazó la demanda presentada por el actor a raíz del incremento de remuneración que otorgó la empleadora a determinados empleados y, del que quedó excluido el actor, al considerar que la demandada había logrado acreditar la existencia de razones objetivas que justificaron el trato diferente hacia el actor.

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